SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2017-S2
Fecha: 09-Oct-2017
II
El accionante señala lesionados sus derechos a la libertad y de locomoción, alegando que luego de haber prestado voluntariamente su declaración informativa, dentro de la investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; el Fiscal de Materia codemandado, sin observar el procedimiento, ilegal e indebidamente emitió y ejecutó una orden de aprehensión en su contra, omitiendo que su persona cumplió con la finalidad que perseguía la orden expedida, cual era que preste su declaración, por lo que no había necesidad de ejecutar el mismo; además, el Juez en suplencia legal -ahora demandado-, en audiencia de medidas cautelares dispuso su detención preventiva, sin aplicar los preceptos constitucionales.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- no concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.2. El recurso de apelación de medidas cautelares, por su configuración constituye un medio de impugnación idóneo y eficaz
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo