Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1067/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
II.5.
II.5. Conforme el acta de audiencia de conciliación de 28 de julio de 2017, el apoderado del Presidente del “Club Deportivo Universitario San Francisco Xavier”, señaló que no conocían que el ahora accionante fuese progenitor hasta el 6 del citado mes y año, pero se correría con todos los derechos del trabajador desde el momento que se conoció la situación legal; asimismo, dicho apoderado indicó que el trabajador sería reincorporado a su fuente laboral de manera inmediata respetando su derecho de inamovilidad laboral, pagando sus derechos y dentro de las setenta y dos horas harían llegar la constancia de la reincorporación y que fue aceptado por el trabajador (fs. 46 a 47).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los padres trabajadores en búsqueda de tutela ante la justicia constitucional ante un despido o destitución de su fuente laboral, extensivamente deberá aplicarse el entendimiento desarrollado con relación a la excepción de la subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional…’.
- III.2. De la protección constitucional del trabajador padre progenitor
- En relación a la estabilidad laboral que gozan el padre o la madre hasta que el menor cumpla un año de edad, el art. 1 de la Ley 975 de 2 de marzo de 1988, que protege únicamente a la mujer embarazada, refirió que toda mujer en estado de gestación que trabaje en el sector público o privado, gozará de inamovilidad laboral en su puesto de trabajo hasta el año de nacimiento de su hijo o hija; beneficio que fue ampliado al padre
- III.3. Análisis del caso concreto
- y se estableció que el trabajador sería reincorporado a su fuente laboral de manera inmediata respetando el derecho de inamovilidad laboral, más el pago de los derechos del trabajador
- CONFIRMAR