SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2017-S3

Fecha: 18-Oct-2017

II.3.

II.3. Por nota presentada el 24 de octubre de 2016, Benjamín Pérez Gonzales y Javier Lazarte Nogales, Secretarios General y de Hacienda, respectivamente del Sindicato Agrario Taquiña -ahora accionantes-, solicitaron al Sub Alcalde de la Comuna Tunari del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, informe escrito y detallado de los recursos de remanentes de la gestión de 2014 correspondiente al POA gestión 2015-2016 (fs. 22); asimismo, en esa fecha los prenombrados presentaron una nota similar a la autoridad -hoy demandada- impetrando información sobre los trabajos que se ejecutan en la av. II Circunvalación (fs. 23). Por nota recibida el 7 de noviembre de 2016, los mencionados Secretarios del Sindicato Agrario Taquiña hicieron conocer a la autoridad demandada que en la última Asamblea se determinó priorizar obras como empedrados, asfaltos, alumbrado público, mejoramiento de canales de riego y de áreas verdes (fs. 24). Asimismo, por nota recibida el 14 de diciembre de igual año, se reiteró la solicitud de fijación de rasante de vías para emprender obras de empedrado (fs. 25). En la misma fecha se entregaron otras notas a la autoridad hoy demandada, la primera reiterando la solicitud de mantenimiento de alumbrado público y canchas polifuncionales (fs. 26) y la segunda sobre solicitud de elaboración de proyecto de desagüe fluvial torrentera Jana Mayu (fs. 27). La tercera nota, de la misma fecha, se refiere a la reiteración de solicitud de informe sobre la av. II Circunvalación y de 2 de agosto (fs. 28); y, la última entregada el 14 de diciembre de ese año, sobre la solicitud de inspección y paralización de cierre de canal de riego de la OTB Adela Jordán (fs. 29). Posteriormente, a través de nota presentada el 29 de diciembre de 2016, se pidió a la autoridad ahora demandada reunión de coordinación para planificar trabajos en la gestión 2017 (fs. 30) y por nota presentada el 4 de enero de 2017, se reiteró dicha solicitud (fs. 31). Luego, mediante nota de 6 de abril de igual año, se reiteró la solicitud de clausura definitiva de locales y chicherías clandestinos (fs. 32). Por nota de 28 del mismo mes y año, se ratificó la solicitud al Sub Alcalde de la Comuna Tunari a fin de que se proceda al mantenimiento de alumbrado público (fs. 33); y, a través de nota de 21 de abril del presente año, se insiste a la indicada autoridad que fije reuniones para la conciliación del POA (fs. 34).