Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1085/2017-S3
Fecha: 18-Oct-2017
II.3.
II.3. Consta decreto de 11 de mayo de 2017, emitido por Nuria Gisela Gonzáles Romero, “Presidenta” de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por medio del que considerando la inexistencia del recurso de casación alguno contra el Auto de Vista de 10 de febrero de 2016, se ordenó la devolución inmediata del expediente original al Tribunal de origen (fs. 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y particulares demandados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 1.-
- CONFIRMAR