SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2017-S2

Fecha: 09-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Empresa YPFB Transporte SA emitió la nota YPFBTR.TH.APC.66.2016 de 27 de diciembre, mediante la cual fue desvinculado de su cargo como Auditor General situación por la cual el 13 de febrero de 2017, solicitó su reincorporación por inamovilidad laboral tomando en cuenta su condición de padre progenitor.

Refiere que ante el silencio y ausencia de respuesta por parte de la empresa a su petitorio, el 24 de febrero de 2017 presentó su denuncia ante la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz, desarrollándose la audiencia de 11 de abril del referido año con la presencia de los representantes de la Empresa y la Inspectora del trabajo asignada al caso.

Indica que el 1 de junio de 2017, la Empresa YPFB Transporte SA fue legalmente notificada con la conminatoria de reincorporación laboral  por inamovilidad en su condición de padre progenitor JDTSC/CONM 039/2017-A de 2 de mayo de 2017, ordenando la inmediata restitución de su persona al mismo puesto que ocupaba en la mencionada empresa antes del ilegal y arbitrario despido con la reposición de sueldos devengados, manteniendo su antigüedad y otros derechos sociales como el subsidio prenatal y controles médicos en aplicación del Decreto Supremo (DS) 496 de 1 de mayo de 2010; conminatoria que la empresa hizo caso omiso e infringiendo la orden emanada por autoridad competente, la cual de acuerdo con el DS496 y Decreto Supremo (DS) 0012 de 19 de febrero de 2009, son de cumplimiento obligatorio e inmediato.