Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1103/2017-S1
Fecha: 03-Oct-2017
II.3.
II.3. El 8 de marzo de 2016, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, mediante AS 184/2016-RRC, declaró infundados los recursos de casación interpuestos por Asako Inamine Takei y Windsor Andia Rivera contra el Auto de Vista 127 de 26 de agosto de 2015. Auto Supremo que fue dejado sin efecto por SCP 0059/2017-S2 de 6 de febrero (fs. 51 a 61 y de fs. 63 a 81).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ’las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR