SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

a)

Percy Fernandez Añez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, a través de sus representantes legales, mediante informe manifestó que: a) No se acreditó la restricción de derechos dado que en el memorial de apelación de 29 de diciembre, conforme al art. 414 del Código Procesal Civil, el accionante no impetró objeción a la liquidación; b) El Auto de Vista si bien se refiere al cómputo de plazo, también analizó el recurso de apelación; por cuanto no creo indefensión ni falla al debido proceso, ya que la liquidación es impugnable pero es irrecurrible; c) La parte accionante no solicitó complementación y enmienda en relación al caso, ya que esta acción tutelar solo procede cuando se agotaron las vías, máxime si de forma equivoca no plantearon objeción sino una apelación; y, d) De la lectura del memorial de treinta hojas, no existe una identificación de los derechos y garantías supuestamente vulnerados, dado que solo  dice  que  se  vulneró  el  debido  proceso,  sin  precisar  en  cuál  de  sus  vertientes.