SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1110/2017-S1

Fecha: 12-Oct-2017

II.7.

II.7.  Mediante Auto de Vista de 26 de enero de 2016, las autoridades demandadas, señalando los antecedentes del caso, referidos a la solicitud de aprobación de liquidación del GAMSC, el Auto de 17 de diciembre de 2015, consideró que la impugnación, objeción y apelación de la liquidación fue planteado fuera del término legal previsto en el art. 524 CPC Abrg., concordante con el art. 413 del CPC, a ese objeto constatando que los depósitos judiciales fueron retirados, señaló la existencia de actos consentidos trasuntados en la solicitud de endose y desglose de los mismos, cuya apelación en relación a los agravios sería poco fundamentada y falto de técnica recursiva, dado que la liquidación, conforme al art. 256 del CPC, al no ser una resolución judicial, por su naturaleza jurídica seria impugnable pero no recurrible, a ese efecto declaró inadmisible lo solicitado por la impetrante (fs. 979 a 980).