SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2017-S1

Fecha: 24-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Presentaron denuncia el 9 de junio de 2014, contra Horacio Flores Yanapa por la presunta comisión del delito de hurto, que mereció la emisión de la imputación formal por parte del Fiscal de Materia Humberto Quispe Poma; posteriormente, se pronunció la Resolución de Sobreseimiento 01/2015 de 26 de enero, por la autoridad fiscal Carlos Michel Andrade Ramos, decisión que fue impugnada y revocada mediante Resolución FDLP/MHRB/S 11/2015 de 10 de julio, emergente de ello se pronunció la acusación fiscal el 28 de septiembre de 2015 a cargo del Fiscal de Materia Sergio Elías Bustamante Quezada, radicando la causa en el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de La Paz, encontrándose el proceso en el desarrollo de juicio oral público y contradictorio.

El 27 de junio de 2017, la Fiscal de Materia Lupe Roció Zabala Huanca, mediante Informe dirigido al Fiscal Departamental de La Paz, Edwin José Blanco Soria refirió que fue notificada con el proveído de 22 del referido mes y año, mismo que dio respuesta al memorial presentado por Horacio Flores Yanapa, quien solicitó el retiró de la acusación fiscal, actuados que nunca les fue notificado; y, la Fiscal de Materia decidió dar cumplimiento al mencionado proveído disponiendo retirar la acusación fiscal, introduciendo en su informe afirmaciones sobre la existencia de actos ilegales como el implantar pruebas y otras aseveraciones, determinando la existencia de un beneficio a terceros, endilgando a sus personas que hubieran sido favorecidas por el hecho de existir acusación fiscal contra el ex Fiscal de Materia Humberto Quispe Poma dentro otro proceso penal; informe que tampoco fue de su conocimiento.

En ese sentido, el Fiscal Departamental de La Paz pronunció la Resolución FDLP/EJBS/R 095/2017 de 13 de julio, resolviendo el retiro de acusación, endilgándoles un beneficio o favorecimiento, con un acto de investigación desarrollado por el ex Fiscal de Materia Humberto Quispe Poma, dentro de un proceso del cual no son parte, más al contrario sus personas presentaron denuncia como víctimas y querellantes de la comisión de delitos de orden público; así también, la Resolución de retiro de acusación señaló la existencia de acusación fiscal contra el ex Fiscal de Materia Humberto Quispe, el cual es intuito persona y por la garantía de la presunción de inocencia no se les puede incluir aspectos que desconocen y de los cuales nunca tuvieron conocimiento ni fueron notificados, afirmaciones que vulneran el debido proceso por no contener una debida motivación ni fundamentación, introduciendo en la misma aseveraciones contra sus personas fuera del ámbito de su competencia, incorporando aspectos que no son objeto del proceso del cual son víctimas, incurriendo en una evidente incongruencia aditiva.