Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1191/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Lupe Roció Zabala Huanca, Fiscal de Materia mediante informe cursante a fs. 35, refirió que fue notificada el 1 de agosto de 2017, con la Resolución FDLP/EJBS/R 095/2017, emitida por el Fiscal Departamental de La Paz, quien autorizó el retiro de la acusación dentro de la causa signada ZSR1401356, y en uso de sus atribuciones conferidas por el Código de Procedimiento Penal y la Ley Orgánica del Ministerio Público, procedió conforme a derecho.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la obligación de los Fiscales de fundamentar sus resoluciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- caso ZSR1401356 instaurada a denuncia de FERNANDO CORTEZ Y OTRA contra
- ACEPTAR
- CONFIRMAR