Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2017-S1
Fecha: 24-Oct-2017
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Primera Especializada, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, con los fundamentos precedentes, en revisión resuelve CONFIRMAR la Resolución de 11 de septiembre de 2017, cursante de fs. 144 a 146 y vta., pronunciada por la Juez Público Civil y Comercial Tercero de Sacaba del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- denegó
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiariedad
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.2. Los recursos administrativos en el ámbito municipal
- III.2. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR