SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2017-S1

Fecha: 24-Oct-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante minuta de compra venta de 1 de mayo de 2015, adquirió de Limberth Miranda Chavarría, apoderado legal del entonces propietario Raúl Fernando Pérez López, un lote de terreno con una superficie de 300 m2, signado como Lote 14 Manzano I ubicado dentro la Urbanización Quintanilla del Municipio de Sacaba, transferencia que no tuvo ninguna observación por las instancias técnico legales de dicho Municipio; sin embargo, la minuta de venta de terreno no fue visada, vulnerando de esta manera el principio de continuidad administrativa; hecho que le impidió consolidar su derecho propietario en Derechos Reales.

Ante la necesidad de contar con una vivienda, entró en posesión de dicho terreno haciendo construir dos ambientes con la esperanza de perfeccionar posteriormente su derecho propietario; por ello mediante memorial de 1 de diciembre de 2015, solicito al Alcalde del Municipio de Sacaba el empadronamiento del lote de referencia, sin obtener respuesta. Asimismo, mediante memorial de 4 de noviembre de 2016, puso en conocimiento de la misma autoridad los antecedentes de la construcción de su vivienda, para finalmente solicitar un plazo razonable a objeto de concluir los trámites pendientes tanto en el Municipio como en Derechos Reales, solicitud que tampoco fue atendida; mas al contrario, el Alcalde Municipal mediante Resolución Administrativa 149/2016 de 28 de noviembre de 2016, ordenó la demolición de su construcción, acto que no le fue notificado; razón por la cual, varios funcionarios del Distrito 6 con ayuda policial, se hicieron presentes en su vivienda a la que ingresaron de forma violenta procediendo a sacar sus pertenencias.

Ante tal situación, se hizo presente su abogado quien exigió la respectiva orden de allanamiento, por lo que dichos funcionarios se retiraron del lugar con la advertencia de que volverían a demoler totalmente la vivienda; en consecuencia, su familia se encontraría en zozobra e inseguridad permanente por tales circunstancias: Es así,  que ante la evidente amenaza de intervenir nuevamente su vivienda sin orden judicial de allanamiento, recurren a la presente acción de amparo constitucional solicitando la aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad.