Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0316/2017-CA
Fecha: 20-Nov-2017
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Mediante memorial presentado el 24 de octubre de 2017, cursante de fs. 42 a 49 vta., el accionante manifestó que está siendo procesado penalmente como consecuencia de la denuncia presentada por Servicios Eléctricos Potosí Sociedad Anónima (SEPSA), por la supuesta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, conducta antieconómica y uso indebido de influencias; y, la querella interpuesta por Bonny Alberto Terán Montaño por la supuesta comisión del delito de “…incumplimiento de deberes, sancionado por el artículo 154 del Código Penal” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- “‘…la eliminación completa de toda disposición o consideración legal fundamentada en el Decreto Supremo N° 21060 de 29 de agosto de 1985, aún presente en leyes aprobadas por el antiguo Congreso neoliberal”’
- I.2. Respuesta a la acción
- Servicios Eléctricos Potosí S.A., es una empresa distribuidora de electricidad, conformada como Sociedad Anónima con aportes de la Prefectura de Potosí (actual Gobierno Autónomo Departamental de Potosí), Empresa Nacional de Electricidad y el Gobierno Autónomo Municipal de Potosí; consecuentemente, al estar conformado su patrimonio en su totalidad con aportes de entidades públicas se constituye en una empresa pública
- promovió
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- Ley de Administración y Control Gubernamentales en vigencia Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 y en consecuencia, su artículo 3