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    AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2017-RCA

    Fecha: 08-Nov-2017

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 546/2017 de 23 de octubre, cursante de fs. 165 a 166, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Nilzer Camacho Álvarez contra Mery Tarquino Limachi, Jueza; y, Jorge Perales Palacios, Secretario ambos del Juzgado Público de Familia Sexto de El Alto del departamento de La Paz.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • no presentada
    • II.1. Marco normativo constitucional
    • en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
    • Fragmento 10
    • II.4. Análisis del caso concreto

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