DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2017

Fecha: 15-Nov-2017

“Artículo 41. (Atribuciones).

3. Elaborar con la participación de la sociedad civil organizada el Plan de Desarrollo Municipal, el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial y de Uso de Suelos, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto General Municipal, y presentar ante el Concejo Municipal para su consideración y aprobación.

3.   Elaborar con la participación de la Sociedad Civil Organizada el Plan de Desarrollo Municipal, incorporando los criterios del desarrollo humano, con equidad de género e igualdad de oportunidades, en sujeción a Ley especial conforme a las normas del Sistema de Planificación Integral del Estado, en concordancia con los Niveles Nacional, Departamental y Autonomías Indígena Originario Campesinas. 

39. Denunciar ante autoridad competente a las personas individuales y colectivas, públicas o privadas que infrinjan las disposiciones de: elaboración, transporte y venta de productos alimenticios para consumo humano y animal, preservación del patrimonio municipal, dominio y propiedad pública de uso común, saneamiento básico, uso del suelo, medio ambiente, protección a la fauna silvestre y animales domésticos…”.