SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1133/2017-S3
Fecha: 03-Nov-2017
denegó
El Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 21 de septiembre de 2017, cursante de fs. 21 a 23 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Cursa Auto 04/2017 de 10 de septiembre, emitido por la Jueza hoy demandada, en el cual se hace constar la apelación de la abogada de Defensa Pública; 2) De antecedentes se evidencia que la apelación llegó a la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente, Contencioso Administrativo del respectivo Tribunal Departamental de Justicia, y como no hay fundamentos de agravio, y menos el memorial de apelación, declaran inadmisible el recurso y lo devuelven al Juzgado de origen; 3) Es evidente que en esa instancia del Tribunal de alzada, en la esfera jurisdiccional ordinaria, podía ser reparado lo que ahora se trae a la acción de libertad, y “este Tribunal de garantías” no puede constituirse en una instancia revisora de la omisión y dejadez de la defensa técnica, que ahora expone a esta instancia como si fuera otra instancia de alzada; 4) La menor AA está debidamente detenida, no ha cesado su detención para que se considere si esta es ilegal o ha lesionado algún derecho fundamental; y, 5) Al no haber acreditado con la suficiente prueba, que la detención sea ilegal, indebida o arbitraria, menos se haya vulnerado el debido proceso, ya que “a la fecha” está debidamente detenida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- i)
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- si una problemática en la cual este comprometida la libertad de un menor de edad a tiempo de celebrarse la audiencia de acción de libertad tiene aspectos controvertidos que requieren producción de prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- 1º