SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1145/2017-S3
Fecha: 09-Nov-2017
II.2.
II.2. Mediante Resolución 196/2017 de 30 de septiembre, Claudia Marcela Castro Dorado, Jueza de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercera de la Capital del departamento de La Paz -hoy demandada- dispuso detención preventiva de Felicia Aguilar López y Emiliana Tinco de Altamirano -ahora accionantes- en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de esa ciudad, otorgando a la primera nombrada la posibilidad de que pueda trasladarse de dicho Centro durante tres días a la semana a un Centro de Atención Médica a efecto de que pueda asistirse respecto a la dolencia que tiene a la fecha.
En vía de complementación y enmienda dispuso: Con relación a Felicia Aguilar López, pueda contar con las salidas respectivas día por medio a efecto de constituirse en el Centro de Atención Médica con el fin de resguardar su salud. Respecto a la otra accionante y Justo Mamani Vedia, una vez efectivizada la valoración forense mediante Requerimiento Fiscal, se les otorgue las respectivas salidas a efecto de que puedan ser asistidos y atendidos en la atención médica necesaria, con el fin de resguardar su atención física y mental (fs. 14 a 17).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0181/2005-R y 0080/2010-R
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma,
- III.2. La justicia constitucional y su activación cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- DEBIENDO LIMITARSE SU ACTIVIDAD FÍSICA, ESFUERZOS FÍSICAS Y ACTIVIDADES ALTAMENTE ESTRESANTES ATRIBUIDOS A SU EDAD Y SU PATOLOGÍA BASE