SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A través de memorial de 25 de marzo de 2015, solicitó al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Cotoca del departamento de Santa Cruz, replantear el tema del camino de la comunidad El Tarope, por la afectación en gran proporción a su lote de terreno, para que así el departamento técnico verifique la intención de apertura de calle sobre el inmueble de propiedad de sus hijos, memorial que no mereció respuesta alguna; por lo que, mediante carta de 16 de junio de 2015, dirigida al Presidente del Concejo Municipal de Cotoca, solicitó analizar el tema del replanteo de la comunidad de El Taropé, debido a la afectación del inmueble de propiedad de sus hijos, lo que no mereció respuesta; reiterando su solicitud nuevamente mediante cartas de 21 de agosto y 24 de noviembre del señalado año; sin embargo, dichas solicitudes no merecieron respuesta alguna. Es así que presentó una cuarta carta ante dicha autoridad reiterando su solicitud y manifestando su molestia por la falta de respuesta a sus notas; empero, tampoco obtuvo respuesta alguna.

Mediante carta de 11 de agosto de 2016, denunció ante la directora de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Municipio de Cotoca los atropellos que hubo contra su persona, la falta de consideración al ser una persona de la tercera edad; así como el silencio de las autoridades ahora demandadas.

El atropello inició en marzo de 2015, cuando la Sub Alcaldesa de Taropé y el Presidente de la OTB, se presentaron en la puerta de su vivienda con un tractor queriendo derrumbar la barda de la propiedad de sus hijos, sin autorización alguna de autoridad judicial o administrativa debidamente ejecutoriada, menos trámite de expropiación como manda la Constitución Política del Estado.