SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1226/2017-S1
Fecha: 17-Nov-2017
II.1.
II.1. Cursa contrato privado de compra venta de ganado vacuno, de 17 de julio de 2013, suscrito entre Sofía Raful Pereira (vendedora) y Alena Danguer Asbun (compradora), siendo el objeto de contrato la venta de setenta cabezas de ganado, carimbo 2 de buena calidad. En la cláusula Cuarta señala: “En caso de que la VENDEDORA entregue dicho hato de ganado en la fecha acordada, la misma incurrirá en mora automática, esto sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno, bastando únicamente el plazo vencido, a cuyo efecto la COMPRADORA a sola presentación del presente documento ante autoridad competente, podrá proceder con el cobro del monto de dinero que es entregado, y proceder su cobro mediante la vía que vea más conveniente a sus intereses, pidiendo además la cancelación a su favor de costas, daños y perjuicios que se hubieran ocasionado” (sic) (fs. 100 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la fundamentación y valoración integral de los medios probatorios en medidas cautelares
- se colige que los requisitos detallados supra, denotan la exigencia del cumplimiento por parte de las autoridades jurisdiccionales de la motivación y constituyen presupuestos esenciales de las reglas de un debido proceso,
- debe precisarse que la omisión valoratoria, en el marco de las reglas de un debido proceso, implica la falta de consideración de alguno de los elementos probatorios producidos por las partes en el decurso de la causa, aspecto que implica el incumplimiento del postulado en virtud del cual, la autoridad jurisdiccional, debe considerar de manera integral todos los medios de prueba aportados; por lo señalado, se concluye que el incumplimiento de este presupuesto, al igual que el incumplimiento de la motivación de decisiones jurisdiccionales, activa el control tutelar de constitucionalidad para la restitución del mismo en el marco del respeto al debido proceso”
- atribución privativa del juez que ejerce el control jurisdiccional
- III.5. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER