SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

i)

El debido proceso, tiene una triple dimensión: i) Como principio de la función jurisdiccional, que rige todos los actos de los operadores de justicia (en los ámbitos judicial, administrativo y disciplinario) en la resolución de las causas sometidas a su decisión; ii) Como derecho subjetivo, que le asiste a cada individuo, de exigir la recta administración de justicia, exigir un proceso en el cual no haya negación o quebrantamiento de lo que cada uno tiene jurídicamente reconocido o asignado; y, iii) Como garantía jurisdiccional, destinada a suministrar a los individuos el amparo necesario para la salvaguarda de sus derechos con motivo del ejercicio del poder jurisdiccional del Estado.