SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

III.5.  Análisis del caso concreto

Del análisis de los antecedentes, se establece que la empresa accionante, poniendo de manifiesto su legal notificación con el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015, interpuso recurso de casación contra el mismo, impugnando en la forma, defectos en la comunicación procesal con la Sentencia de 14 de agosto de 2014 y con el referido Auto de Vista, y en el fondo la falta de análisis del contrato de prestación de servicios que dio origen a la demanda laboral y la presunta falta de consideración de los elementos probatorios presentados para desvirtuar la existencia de relación laboral. Al haberse declarado infundado el recurso por los Magistrados ahora demandados; la peticionante de tutela, considera que éstos no respondieron al contenido substancial de la impugnación referido a la nulidad de la notificación con el Auto de Vista y tampoco discernieron fundadamente la diferencia entre el contrato civil de prestación de servicios y el de naturaleza laboral, como tampoco valoraron las pruebas destinadas a demostrar la inexistencia de este último; también omitieron revisar la labor del Tribunal de alzada y expresar los fundamentos y motivos que dan lugar a la confirmatoria del Auto de Vista impugnado.