SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1228/2017-S1

Fecha: 17-Nov-2017

II.2.

II.2. Por Auto Supremo 402 de 25 de noviembre de 2016, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, resolvió declarando infundado el recurso de casación interpuesto por SABSA contra el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015; de acuerdo a lo siguiente: 1) En la forma por no haberse reclamado oportunamente la nulidad acusada por presuntos defectos en la notificación con la Sentencia de 14 de agosto de 2014, y no haber demostrado la trascendencia de la lesión con la supuesta irregularidad en la notificación con el Auto de Vista de 30 de marzo de 2015, por cuanto la comunicación con este último habría cumplido su finalidad, en virtud al cual se interpuso oportunamente el recurso de casación; y, 2) En cuanto al fondo, siendo facultad privativa de los juzgadores de instancia la valoración de la prueba, de acuerdo a su sana crítica, dicha labor resulta incensurable en casación, excepto cuando se demuestre que se produjo una equivocación o error manifiesto, que en el presente caso no se acreditó, para que el Tribunal de casación proceda excepcionalmente a una revalorización (fs. 35 a 38).