AUTO CONSTITUCIONAL 0428/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0428/2017-RCA

Fecha: 07-Dic-2017

por no presentada

El citado Tribunal de garantías, por Resolución de 29 de agosto de 2017, cursante a fs. 74, declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: i) De acuerdo al Auto de 17 de igual mes año, se solicitó a los accionantes subsanaran ciertos puntos; así en el punto 4, debían fundamentar y acreditar si se encuentran ante un inminente daño irreversible o irreparable, ya sea agravando la lesión causada o que ello provoque la amenaza o restricción o supresión de otros derechos fundamentales; sin embargo, sólo explicaron que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, impide el ejercicio de su derecho propietario, sin acompañar la acreditación solicitada; ii) En cuanto a la acreditación de la titularidad sobre los bienes objeto de ésta acción, la Matrícula 2.01.1.01.0025142, se encuentra en copia simple, incumpliendo con lo previsto en el art. 1311 del Código Civil (CC), al igual que las literales de la coaccionante Benedicta Cama Mamani, no cumplen con la precitada norma, porque las copias no fueron refrendadas por funcionario público autorizado;      iii) Los memoriales presentados de adhesión a la acción de amparo constitucional y el de subsanación, no cumple con lo previsto en el art. 33.1 del Código Procesal Constitucional en cuanto a Alex Álvaro Limachi Ramos, puesto que no se acompaña poder de representación alguno, teniendo en cuenta que son actos personalísimo y no de mero trámite.