AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2017-RCA
Fecha: 24-Feb-2017
Fragmento 1
En revisión la Resolución 10/2017 de 11 de enero, cursante de fs. 301 a 302 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Fernando Chuquimia Alcazar en representación legal de “GLOBAL FINANCE CONSULTANS BOLIVIA S.R.L.” contra Felix Patzi Paco Gobernador, Daniel Díaz Ramil Secretario Departamental de Asuntos Jurídicos, Oscar Pabón Limachi Secretario Departamental de Infraestructura Productiva y Obras Públicas, Rubén Tintaya Chambilla Asesor Jurídico de la Secretaria Departamental de Infraestructura Productiva y Obras Públicas y Richard Vargas Fernández Supervisor de la Dirección de Infraestructura Productiva y de Obras Públicas todos del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedencia
- Por lo que se concluye que la Resolución objeto de la Interposición de Amparo Constitucional, no se encuentra enumerada en la comprendidas de ser objeto del Recurso Administrativo de Impugnación, es decir se emitió por parte del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, una Resolución que no está determinada estresantemente por el artículo referido en cuanto a la vía impugnativa
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- la subsidiariedad del amparo constitucional debe ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados y cuando esto no ocurre queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR