AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2017-RCA

Fecha: 24-Feb-2017

I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

La Empresa accionante, a través de su representante, considera lesionados sus derechos al debido proceso sustantivo y adjetivo, a la defensa, al trabajo a dedicarse al comercio o actividad lícita, a un salario justo y equitativo y a la fundamentación a los principios de congruencia y motivación, citando al efecto los arts. 13.I; 14.III.IV y V; 46.I.1 y II; 47; 109; 110.I.II; 113.I, 115, 117.I; 119.I; 122; 123; 232; 237.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).