SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2017-S1

Fecha: 02-Feb-2017

a)

El accionante, a través de su abogado, ratificó los términos de su acción e defensa y ampliándola refirió: a) Una vez resuelta la detención preventiva del imputado, conforme al art. 251 del CPP, planteó recurso de apelación incidental; no obstante, la Jueza de control jurisdiccional no cumplió en efectivizar la remisión de actuados ante el tribunal de alzada; b) El recurso de apelación se planteó el 11 de abril de 2016, y se ordenó la remisión de actuados por decreto de 12 del mismo mes y año, a partir de ello, cualquier omisión se constituye en un franco ataque al derecho a la libertad; y, c) La Jueza ahora demandada, conforme a la jurisprudencia citada, debió cumplir con la remisión en el plazo establecido en el art. 251 del CPP, sin condicionamiento alguno; por lo que, solicitó se conceda la tutela.