SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017-S3

Fecha: 03-Feb-2017

II.2.

II.2.  En el acta de audiencia de la presente acción de libertad, la parte accionante a momento de ratificarse en su contenido, señaló que: “…se comunica el inicio de investigaciones el 24 de junio…” (sic); de la misma manera, la Fiscal de Materia -ahora demandada-, sostuvo que: “…se comunica el inicio de la investigación al juez cautelar (…) como corresponde conforme a procedimiento (…) juzgado cuarto de instrucción en lo penal…” (sic [fs. 30 a 34 vta.]).