Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.1.
II.1. Mónica Villavicencio y José Maldonado, el 23 de diciembre de 2015, dentro del proceso laboral, solicitaron el arraigo del hoy accionante, ante el Juez Séptimo de Partido de Trabajo y Seguridad Social del departamento de La Paz, pedido reiterado el 29 de diciembre del mismo año, ordenando la autoridad judicial el 30 de diciembre a la “Servicio Nacional de Migración”, se proceda al arraigo (fs. 4 a 7).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- III.1. Procedencia del arraigo en materia laboral
- arraigo constituye una medida precautoria y de seguridad que garantiza al trabajador el pago de sus beneficios sociales o alguna obligación emergente de una relación laboral , y si bien es una medida restrictiva de la libertad de locomoción de quien en su condición de demandado es impelido judicialmente a pagar obligaciones patrimoniales
- III.2. Cambio del representante legal en proceso laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte