Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
II.10.
II.10.Cursa Resolución 166/2016 de 31 de octubre, por la cual la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resuelve que: i) El impetrante debía interponer el recurso que plantea la ley en su oportunidad; ii) El arraigo podía levantarse hasta la constitución de una garantía, conforme art. 102 del CPT, no ofreciendo bienes muebles o inmuebles; asimismo, existiendo oposición de uno de los co-demandantes; y, iii) Considerando el deber de proteger los derechos de los trabajadores rechazó la solicitud.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- III.1. Procedencia del arraigo en materia laboral
- arraigo constituye una medida precautoria y de seguridad que garantiza al trabajador el pago de sus beneficios sociales o alguna obligación emergente de una relación laboral , y si bien es una medida restrictiva de la libertad de locomoción de quien en su condición de demandado es impelido judicialmente a pagar obligaciones patrimoniales
- III.2. Cambio del representante legal en proceso laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte