SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2017-S2
Fecha: 06-Feb-2017
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la libertad, por cuanto dentro del proceso laboral que sigue Mónica Haydee Villavicencio Sanjinéz y otro, por pago de sueldos, beneficios sociales y otros derechos contra la empresa CVAL BOLIVIA S.A., el Juez Público de Trabajo y Seguridad Social Séptimo del departamento de La Paz, ordenó su arraigo en calidad de representante legal de la Empresa referida, sin haberle hecho conocer actuados y no obstante haber hecho conocer el cambio de representante legal en la etapa de apelación y solicitado se deje sin efecto el arraigo en su contra, fue rechazado dicho pedido por la Sala Segunda Social y Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento, realizado por el actual representante de la empresa CVAL BOLIVIA S.A. y su persona, con el argumento de no haber reclamado tal aspecto en forma oportuna, ante la autoridad inferior y por no presentar otra garantía.
Conforme consta en la Conclusión II del presente Fallo, dentro del proceso laboral seguido por Mónica Haydee Villavicencio Sanjinéz y José Maldonado Alcocer contra la empresa CVAL BOLIVIA S.A., el 23 de diciembre de 2015, los ex trabajadores solicitaron el arraigo del hoy accionante, ante el Juez Séptimo de Partido de Trabajo y Seguridad Social, pedido reiterado el 29 de diciembre del mismo año, ordenando la autoridad judicial a la Dirección General de Migración proceda al arraigo, que fue ejecutado el 6 de enero de 2016; por lo que el 21 de igual mes y año, la nombrada Empresa interpuso recurso de apelación de las providencias de 7 de enero de 2016.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II
- III.1. Procedencia del arraigo en materia laboral
- arraigo constituye una medida precautoria y de seguridad que garantiza al trabajador el pago de sus beneficios sociales o alguna obligación emergente de una relación laboral , y si bien es una medida restrictiva de la libertad de locomoción de quien en su condición de demandado es impelido judicialmente a pagar obligaciones patrimoniales
- III.2. Cambio del representante legal en proceso laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte