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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2017- S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2017- S1

    Fecha: 02-Feb-2017

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • Fragmento 4
    • concedió
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • en el término de veinticuatro (24) horas
    • cuando se provoca una dilación injustificada en la remisión del recurso de apelación presentado contra una resolución que disponga
    • si el cuaderno de apelación no es remitido en el plazo fijado por ley,
    • remitido inexcusablemente en el plazo improrrogable de veinticuatro horas
    • excepcionalmente es posible prolongar el plazo de remisión del recurso de apelación y sus antecedentes hasta un plazo adicional de tres días, cuando exista una justificación razonable y fundada sobre
    • debe ser providenciado en el plazo de veinticuatro horas por la autoridad judicial
    • de manera excepcional, y en situaciones en que exista una justificación razonable y fundada sobre
    • Cuando el recurso de apelación sea formulado de manera oral, corresponde que la autoridad judicial decrete su remisión en audiencia
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • a partir del 1 al 30 de noviembre de 2016
    • de forma injustificada el trámite de la apelación incidental
    • existencia de una relación de conexidad necesaria entre las nociones de plazo razonable y dilaciones injustificadas, para constatar si acontece una vulneración al debido proceso,
    • CONFIRMAR

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