Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2017-S1
Fecha: 02-Feb-2017
II.2.
II.2. Consta el certificado médico, de 15 de noviembre de 2016, extendido por Dino Fabricio Fanola Ascarrunz, Médico Ortopedista y Traumatólogo, en respuesta a requerimiento fiscal, en cuyo contenido, indica que: “JUAN CARLOS FLORES BURGOA (…) de 40 años de edad, se interna en fecha 30 de Agosto del presente, antecedente de lesión aguda de dos días de evolución” (sic) (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La protección constitucional de los derechos fundamentales en el Estado Constitucional de Derecho Plurinacional
- III.2. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía constitucional
- Fragmento 13
- III.3. Sobre el cumplimiento del principio de celeridad en la remisión de antecedentes de apelación incidental ante el tribunal de alzada
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR