Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2017-S1
Fecha: 02-Feb-2017
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada, disponiéndose la nulidad del caso 1867/2016, así como todo lo actuado en dicho proceso, debiéndose mantener firme el caso signado con el número 3073/2015; sea con imposición de costas, más el pago de daños y perjuicios, para cuyo fin se ordene ponerle ante “su autoridad” -Tribunal de garantías-, al no saber los fundamente de la medida extrema.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.3. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR