Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 616/2016 de 1 de noviembre, cursante de fs. 297 a 299 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Bernardo Choquetarqui Lecoña en representación legal de la Cooperativa Minera Aurífera “Siempre Unidos” Limitada (Ltda.) contra Heriberto Erik Ariñez Bazzan, Director Ejecutivo Nacional y Wilfredo Limache Conde, Director Departamental La Paz, ambos de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ATE FLOR DE ILLAMPU
- se declara también vigentes los derechos de la Cooperativa Minera Aurífera ‘Siempre Unidos’ Ltda
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°