Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
II.4.
II.4. Mediante Resolución 269/2016 de 23 de junio, el Juzgado Público Civil y Comercial Tercero de la Capital del Departamento de Chuquisaca -ahora tercero interesado-, solicitó al “Juez Público en lo Civil y Comercial N° 23 de la Ciudad de Cochabamba, SE INHIBA del conocimiento de la causa…” (fs. 28 [sic]).
- acción de amparo constitucional
- domicilio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la relevancia constitucional
- una transgresión real y objetiva que como determina la jurisprudencia constitucional, deba ser de tal magnitud que requiera de su resguardo eficaz y oportuno
- , esto en razón de que no tendría sentido jurídico alguno conceder la tutela y disponer se subsanen los posibles defectos procedimentales, si es que finalmente se llegará a los mismos resultados
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR