SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2017-S3

Fecha: 17-Feb-2017

1)

La parte accionante ratificó in extenso el contenido íntegro de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo manifestó que: 1) No se puso en conocimiento su estado de gestación ya que una mujer no puede saber a los pocos días si está embarazada o no, debiendo esperar un tiempo prudencial de tres semanas a un mes; 2) La acción tutelar planteada fue interpuesta dentro de los seis meses como establece la “Norma Suprema”; 3) Se comunicó de manera verbal al Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) -se entiende de la ASFI- sobre su estado de gravidez y no con anterioridad ni de forma escrita porque desconoce las normas; y, 4) En el presente caso se tiene como antecedente el Auto Supremo (AS) “7/2015” en el cual se estableció la reincorporación laboral de mujeres sujetas a contratos a plazo fijo y otros.