SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2017-S3

Fecha: 17-Feb-2017

II.2.

II.2.  Por solicitud presentada el 22 de julio de 2016, la ahora accionante impetró reincorporación laboral alegando su estado de gestación a Ivette Espinoza Vásquez, Directora General Ejecutiva a.i. de la ASFI -hoy demandada- (fs. 6), mereciendo como respuesta la nota ASFI/JRH/R-143012/2016 de 15 de agosto, a través de la cual la última nombrada le comunicó que no es procedente atender la citada solicitud, toda vez que el Decreto Supremo 0012 establece que la inamovilidad laboral no se aplica en contratos de trabajo eventuales, entre otros; asimismo, se emitió requerimiento de personal para la cobertura del puesto que desempeñaba; sin embargo, obtuvo cuarenta ocho sobre cien puntos de calificación, por lo que no fue contratada, así también sus contratos no superaron los ochenta y nueve días y entre estos existían periodos de interrupción, finalmente, durante el tiempo de vigencia del último contrato suscrito, en ningún momento comunicó de manera oficial a la ASFI su estado de gravidez (fs. 9 a 11).