SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S3

Fecha: 17-Feb-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Inició proceso ejecutivo por sí y en representación de Ernesto Antonio y Carlos Christian Quispe Severich contra Erika Patricia Murillo Drpic, el cual se encuentra radicado en el Juzgado Público Civil y Comercial Quinto de la Capital del departamento de Cochabamba, en cuya sustanciación se llevó a cabo el segundo remate del bien inmueble de propiedad de la ejecutada consistente en un departamento de propiedad horizontal ubicado en el primer piso del edificio “SERENGETI”, calle Pedro Blanco casi Tomás Frías, Distrito 12, Sub Distrito 4, manzana 048 de la ciudad de Cochabamba, sobre la base de $us53 809,41.- (cincuenta y tres mil ochocientos nueve 41/100 dólares estadounidenses).

Dicho remate fue realizado el 20 de agosto de 2015, en el cual estuvo presente y ante la ausencia de postores manifestó su intención de adjudicarse el inmueble rematado en compensación por la deuda de la ejecutada, siendo que la adjudicación se producía en el ochenta por ciento de la base, conforme al art. 542 del Código de Procedimiento Civil (CPC), toda vez que en esa oportunidad el tercerista de derecho preferente constituido por el Banco Mercantil Santa Cruz Sociedad Anónima (S.A.) no asistió a la misma.