Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2017-S3
Fecha: 17-Feb-2017
III.2. Análisis del caso concreto
De la compulsa de antecedentes que cursan en obrados se tiene que la accionante por sí y en representación de Ernesto Antonio y Carlos Christian Quispe Severich, interpuso un proceso ejecutivo contra Erika Patricia Murillo Drpic, en cuya ejecución en audiencia de segundo remate solicitó adjudicación por compensación de un bien inmueble de propiedad de la ejecutada. Sin embargo, tras solicitar la aprobación del Acta de audiencia de remate, el Juez de la causa rechazó tal petición por Auto de 28 de octubre de 2015, bajo el supuesto argumento de respetar derechos adquiridos por terceras personas, fallo que al ser apelado por su persona, fue confirmado por Auto de Vista de 11 de marzo de 2016.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una resolución fundamentada y motivada: Su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
- Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia
- Los tres casos señalados, son un tema que corresponderá analizar en cada caso concreto, debido a que sólo en aquéllos supuestos en los que se advierta claramente que la resolución es un mero acto de voluntad, de imperium, de poder, o lo que es lo mismo de arbitrariedad, expresado en decisión sin motivación o inexistente, decisión arbitraria o decisión insuficiente, puede la justicia constitucional disponer la nulidad y ordenar se pronuncie otra resolución en forma motivada.
- La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR