Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0069/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
La SCP 0515/2016-S3 de 3 de mayo, sostuvo que: “Ante la vulneración de derechos y garantías fundamentales y para su restitución, el constituyente refirió a la acción de libertad, como un mecanismo procesal idóneo para operar en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté vinculada directamente con la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentran privada de libertad (SC 465/2010-R de 5 de julio, SCP 1449/2012 de 24 de septiembre y SCP 2511/2012 de 14 de diciembre, entre otras).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la celeridad en las actuaciones procesales y la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras Consideraciones
- CONFIRMAR en parte