Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
II.3.
II.3. Cursa Sentencia Agroambiental Nacional S2a 025/2016 de 28 de marzo, emitida por Deysi Villagómez Velasco, Bernardo Guarachi Tola y Javier Peñafiel Bravo, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental -hoy demandados-, declarando improbada la demanda contenciosa administrativa planteada por el accionante y Andrés Rafael VII Roca Ali, y en consecuencia subsistente la RS 13237, emitida en el proceso de saneamiento Simple de Oficio del Polígono 124 de los predios “Belén” y “Tambaqui” (fs. 557 a 568).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- categórica en afirmar que a la jurisdicción constitucional no le corresponde juzgar el criterio jurídico empleado por otros tribunales para fundar su actividad jurisdiccional, pues ello implicaría un actuar invasivo de las otras jurisdicciones;
- pues no puede ser un medio para revisar todo un proceso judicial o administrativo, analizando la actividad probatoria y hermenéutica de los tribunales, ya que se instituyó como garantía no subsidiaria ni supletoria de otras jurisdicciones.
- en realidad ejercen al igual que la justicia constitucional una actividad hermenéutica que parte de la Constitución e irradia a todo el ordenamiento jurídico
- III.2. El debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR