SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0087/2017-S3
Fecha: 24-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima como vulnerados sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, al encontrarse indebidamente procesado, en razón de que la Fiscal de Materia -ahora demandada- dispuso su aprehensión de manera ilegal, al asumir tal determinación sin que cuente con el control jurisdiccional del Juez de la causa, ya que si bien puso la imputación formal a conocimiento del Juzgado de turno -Juzgado de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz- es su similar Primero quien ejerce el control jurisdiccional, mismo que se encontraba de vacaciones judiciales, desconociendo la Circular 10/2016-SP TDJLP que señalaba que las aprehensiones quedaban en suspenso; a más de que el referido actuado investigativo carece de la debida fundamentación incumpliendo con el art. 226 del CPP.
- I.1. Contenido de la demanda
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR