SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de una debida fundamentación y motivación, a la tutela judicial efectiva, al juez natural, a la defensa, a la legalidad y a la igualdad jurídica; debido a que, dentro del proceso por incumplimiento de contrato y resarcimiento de daños y perjuicios que inició contra la Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “PAITITI”, al no estar conforme con el monto que se le otorgó en la Sentencia 37/14 de 4 de noviembre de 2014, que declaró probada su demanda, planteó recurso de apelación que mereció el Auto de Vista 041/2015 de 27 de febrero, donde los Vocales codemandados anularon obrados, razón por la que presentó recurso de casación; sin embargo, los Magistrados ahora demandados, mediante Auto Supremo 220/2016 de 14 de marzo, declararon improcedente dicho recurso en la forma y en el fondo, con una aparente incongruencia, ya que efectuaron un análisis de cuestiones de fondo del proceso como la valoración pericial y que el Auto de Vista cuestionado, no consideró que los contratos son ley entre partes, entre otros argumentos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho al debido proceso
- constituye una garantía al ser un medio de protección de otros derechos fundamentales que se encuentran contenidos como elementos del debido proceso como la motivación de las resoluciones, la defensa, la pertinencia, la congruencia, de recurrir, entre otras, y que se aplican toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, constituyendo las distintas garantías jurisdiccionales inherentes al debido proceso, normas rectoras a las cuales deben sujetarse las autoridades pero también las partes intervinientes en el proceso en aplicación y resguardo del principio de igualdad
- Fragmento 17
- III.4. De los fundamentos y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 19
- III.5. El derecho a la defensa
- III.6. Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR