SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0096/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

II.1.

II.1.    Por Sentencia 215/2012 de 20 de abril, pronunciada dentro del proceso ordinario de nulidad de Escritura Pública 1843/94 de 18 de agosto de 1994, restitución y pago de daños y perjuicios, seguido por Hilda Águeda Gutiérrez Maydana Vda. de Jiménez contra Susana Graciela, Dominga Victoria y Rosario Sofía, todas Gutiérrez Maydana se declaró “PROBADA EN PARTE” la demanda interpuesta por la ahora accionante, en lo concerniente a la declaración judicial de nulidad de la Escritura Pública 1843/94, y la cancelación de la partida computarizada 01314736 actual Folio Real 2.01.4.01.0033075, e “IMPROBADA” con relación a la restitución de la habitación que ocupaba en el inmueble ubicado en la calle Hermanos Espinoza 778 de la zona 16 de julio de El Alto del departamento y el pago de daños y perjuicios impetrado por la demandante; en consecuencia, se dispuso la nulidad de la citada Escritura Pública, así como el protocolo y minuta correspondiente, y la cancelación por ante la oficina de Derechos Reales de El Alto de la partida computarizada y el referido Folio Real (fs. 3 a 9).