Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2017-S1
Fecha: 23-Feb-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia como lesionados sus derechos y garantia al debido proceso, a la defensa, presunción de inocencia y valoración razonable de la prueba; toda vez que, la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0421/2016, vulneró la retroactividad de la ley (arts. 123 de la CPE y 150 del CTB) al observar que su mercadería debió describir número de código y marca, de acuerdo a la normativa promulgada de forma posterior a la emisión de la DUI C-670 –ítem 1– y la DUI C-551 –ítem 2–, tampoco tomó en cuenta que le devolvieron el 50% de la esa mercadería e hizo prevalecer la equivocación de la factura de reexpedición, sin considerar el documento portuario.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 12
- III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.5.
- b) Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18