SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
II.2.
II.2. Consta el informe de 15 de noviembre de 2016, elevado por la auxiliar del Juzgado Tercero Anticorrupción de La Paz, en el que hace conocer a la titular del mismo, entre otras, observaciones del expediente remitido por el Juzgado de El Alto tales como falta de foliación, doble foliación, foliación repetida, falta de cargos, sellos del juzgado, sello de legalización, sellos y firmas del Juez y del Secretario, falta de especificación del destinatario de las notificaciones, hojas corregidas con radex, hojas mal acomodadas; en vista de lo cual, la titular del juzgado ordenó se devuelva obrados al juzgado de origen para subsanar dichas observaciones al no haberse admitido la causa (fs. 29 a 32).