Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2017-S2
Fecha: 20-Feb-2017
la privación de libertad
En este contexto, la privación de libertad de una persona, es legal cuando ha sido dispuesta por la autoridad judicial competente como medida cautelar o sanción punitiva, y esta restricción a la libertad física se encuentra conforme al ordenamiento jurídico vigente; por el contrario, la detención o privación de libertad es ilegal o indebida cuando ésta se prolonga más allá de los límites establecidos por la ley o se la mantiene después de que haya cumplido con la condena o merecido algún beneficio otorgado conforme a ley, así también como cuando se le niega sin justificativo legal alguno la solicitud de los beneficios que le franquea la ley en la ejecución de la pena.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- Fragmento 10
- III.2. De la detención ilegal o
- la privación de libertad
- III.3. La razonable valoración de las pruebas
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo