SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

II.9.

II.9.    Conforme fotocopia legalizada del título ejecutorial de 19 de junio de  1963, se tiene que Nemesio Choque obtuvo la dotación de 20 6232 ha de tierra laborable situadas en el ex fundo “San Bernardo”, en el cantón Tolomocita de la provincia Cercado de Tarija, registrado el mismo en la partida 337 del libro de propiedad agraria del departamento e inscrito en el folio 143 del Anotador en Tarija (fs. 107 y vta.). Asimismo cursa certificación por la que Liliana Flores Limarino, Registradora de DD.RR., certificó que Nemesio Choque, es propietario del ya citado bien inmueble, cuya superficie es de 20 ha 6 232 m2 y que fue adquirido mediante título ejecutorial de dotación registrado bajo la partida señalada, además certificó que se reconoce la venta efectuada por Demesió Choque Vale y no así “Nemesio” a favor de Pánfilo, Rosalía, Vicenta, Hermógenes, Felicindo, Hilda y José Choque Ovando en una superficie de 45 ha, registrada bajo la partida 578 del libro primero de propiedad agraria, folio 83 del Segundo Anotador, el 6 de octubre de 1982 (fs. 104).