SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

1)

Los accionantes, a través de su abogado defensor ratificaron inextenso su demanda, asimismo ampliaron y complementaron lo siguiente: 1) Desde el 26 de octubre hasta la fecha transcurrieron más de treinta días y siendo que la petición fue de fotocopias legalizadas no merecía mayores requisitos para disponer su extensión; y, 2) Con relación a que se debió agotar las instancias idóneas antes de interponer la presente acción, este requisito es exigible cuando dichos medios de impugnación están previstos en el ordenamiento jurídico, lamentablemente en la FFCCUSS Oruro, no existe un ordenamiento jurídico, por lo que al no existir una norma básica en la que se prevea un medio de impugnación para hacer  valer el principio de subsidiariedad,  esta condición no es exigible.