SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

cualquier vulneración de los derechos fundamentales, puede ser oponible respecto de particulares a través de la acción de amparo constitucional, considerando la vigencia normativa de la Constitución Política del Estado, y la directa justiciabilidad de los derechos fundamentales”

           Conforme lo expresado, por la jurisprudencia constitucional, cualquier vulneración de los derechos fundamentales, puede ser oponible respecto de particulares a través de la acción de amparo constitucional, considerando la vigencia normativa de la Constitución Política del Estado, y la directa justiciabilidad de los derechos fundamentales” ( las negrillas nos pertenecen).

           Consiguientemente, de acuerdo a los entendimientos jurisprudenciales  citados se tiene que cualquier vulneración a derechos fundamentales, a partir de la estructuración de la teoría del Drittwirkung, puede ser oponible también a particulares, siendo en este caso la petición de amparo constitucional, un mecanismo idóneo para el resguardo de derechos fundamentales en esferas no solamente públicas sino también privadas.